A partir de este informe pretendo, de
manera personal, establecer mi punto de vista sobre la realidad de los Derechos
Humanos, como garantía global, a propósito de la más reciente visita realizada
a uno de los órganos del Sistema Interamericano de los Derechos Humanos: la Corte Interamericana de Derechos Humanos,
en el marco de un proyecto de desarrollo curricular a la base de miembros del
Comité Nacional de Estudiosos de las Relaciones Internacionales –CONERI-.
Cabe recordar que el CONERI agotó,
concomitantemente, un programa de estudio de unas 30 horas lectivas en materia
de Derechos Humanos en el seno de la Escuela de Relaciones Internacionales de
la Universidad Nacional de Costa Rica –UNA-, casa de estudios que sirvió como
nido académico para debates sobre el tema que a la vez incluyó a destacados
exponentes centroamericanos y regionales como el MSc Juan Carlos Méndez
Barquero, académico en DDHH; PhD Adrián Bonilla, Secretario General de FLACSO o
el MSc Carlos Cascante Director de la Escuela de Relaciones Internacionales de
la UNA.
El Nuevo Paradigma: Una síntesis sumaria.
El
eje fundamental en la nueva realidad de los Derechos Humanos, como condición
instrumental de garantías para la realización y seguridad de las personas a
nivel planetario, va dictado íntegramente por el fenómeno de la
“Responsabilidad Compartida” o bien la
participación y trabajo coordinado de toda la sociedad y las autoridades a todo
el nivel de gobierno de manera local y, todos los sectores que estos impactan
internacionalmente desde la posición
representativa de sus gobernados.
El
replanteamiento del paradigma de los DDHH, desde una figura siempre manchada de
sangre con siglos de maduración como la misma evolución humana sugiere, pero
que amén del crecimiento de la consciencia y convivencia social plena, no
redunda ésta en su materialización o equitativa correspondencia a todos los
estratos humanos; la revisión invita a la desmitificación del concepto, primero
y segundo a la reasignación, con el empoderamiento del conocimiento de causa,
de las responsabilidades para una tajante y profunda reorganización de su
amparo y aseguramiento.
Cuando
hablamos de desmitificar, perseguiremos despojar el halo de “pertenencia
innata” a la persona humana y claro está la “universalidad”, rasgos regulares
en la tendencia tradicional en el campo de los DDHH. Dicho esto, como seres
“racionales” defensores de esas características, revestimos de “verdad” a los
derechos que no deben ver una batalla que ponga en peligro su “esencia y
naturaleza”. Esa misma naturaleza humana que a la vez ha parido fenómenos como
la esclavitud o los genocidios, o bien la actual ola del terror o
irracionalidad absurda que de manera casi apocalíptica gobierna los hilos del
mundo. Históricamente, nos hemos acomodado en el valor de la “racionalidad”
parafraseando al ilustre Herrera Flores, y hemos tenido que revestir la
realidad de los derechos humanos como algo enteramente restrictivo de la
naturaleza y esencia humanas, metafísico y mas allá de lo evidente, que con
otra mano invisible tratan de frenar la contradicción humana del bien y el mal,
de su virtud y su desdicha, creando así una nueva distancia entre la acción y
la responsabilidad, difícilmente reconocida o aceptada.
Así,
por otro lado, nos daremos de frente con el impertérrito y sobrevalorado concepto de la “universalidad” que tantas molestias y escozor produce en el
seno de las diferencias culturales y de afiliaciones políticas en el mundo,
siendo ente generador de tropiezos en la misma maduración de las garantías del
instrumento de derechos desde la segunda mitad del Siglo XX. Y aquí vemos como
sabiamente el ser humano guiado por sus intrínsecas necesidades de competencia
y superposición sobre el resto irá adecuando el concepto hacia algo no menor qué “aceptación funcional”, donde la aplicabilidad en casos de agravio
dependerá en mucho de la situación particular del núcleo social en que se da el
hecho o incluso, el espacio de la comunidad internacional que lo observa maniatada
ante una posible salvaguardia.
Progresivamente: El Presente-Futuro
Dentro
de la conceptualización contemporánea de Estado y, a propósito del poder
representativo que da el pueblo para su constitución como tal dentro de un
marco idealizado en libertades, éstas concedidas de manera bilateral entre
ellos, como actores de un proceso que busca generar en esencia una convivencia
social adecuada, satisfactoria y que promueva el crecimiento y desarrollo de
sus participantes, incomprensiblemente vemos cómo se genera una ambigua
dicotomía social donde entendemos al Estado como ente autónomo y fiscalizador
de la ejecución del derecho ante las inclemencias del mismo núcleo social,
bifurcando así las posibles articulaciones que han de combinarse para plantear
reglas de juego mucho más “humanas”.
El
Estado como figura cimera del actual sistema de organización social, debe
participar activamente no solo en la garantía de derechos en el marco del
Derecho, sino también, en la compartición de esa responsabilidad bilateral
entre derechos y deberes que como cabeza del grupo social habrá de honrar para
promover que cada persona reconozca cuál es su responsabilidad para garantizar
los derechos humanos siendo una de las acciones principales para generar en el mundo
una nueva en la materia.
Siendo
así, deberemos afrontar el tema desde su espíritu moral e ideal de derechos “humanos” y conectarlo final y eficazmente con el
campo positivo y fenomenológico de los “derechos” humanos como señalaría Jürgen Habermas, logrando un consenso entre lo que se obliga y las cuestiones
morales estableciendo una simetría absoluta entre derechos y deberes, para
lograr trascender de lo meramente jurídico en un problema social; siendo esta
precisamente la base de la cuestión a salvar en el futuro: abrazar los
fundamentos morales de los derechos y no aceptar solamente los derechos
positivados constitucionalmente (Herrera Flores).
Claro
está, la necesidad anteriormente mencionada de superposición y competencia de
los seres humanos y el ánimo o acceso a la acumulación de productos o capitales
fomenta la desigualdad, que es justamente la chispa que detonan los procesos de
lucha por el acceso a esos bienes,
en el marco de precisamente procesos jerárquicos que facilitan u obstaculizan
su obtención. Generando así una nueva visión de los Derechos Humanos como
procesos de lucha (Herrera Flores) que, como concibió Baruch Spinoza, en el
fundamento de lo humano, en su “conatus”, en su fuerza y potencia esencial, se
rechaza el individualismo y se replantea la idea del contrato social de Hobbes
al de “contrato político” con real participación
compartida por ende con una
responsabilidad compartida, sin estar ya a la merced de una despótica
gobernanza o ante la reacción para sanar los efectos en pro de garantizar
derechos.
Tomemos responsabilidad. ¡Asumamos nuestra participación!
Angel Pacheco Jiménez
Vicepresidente Ejecutivo CONERI
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